El SAT, a través de su Miscelánea Fiscal -MF- nos solicita en su apartado 2.6.1.4. Contratar los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos que cumplan con el Anexo 31. Es decir, que la verificadora esté acreditada por una entidad de acreditación, o por una empresa especializada en materia de medición de hidrocarburos y petrolÃferos autorizada por la Comisión Reguladora de EnergÃa, el proveedor del servicio de verificación lo tomará como válido y verificará, en caso de existir, las observaciones y no conformidades reportadas en el informe o dictamen.
En ese orden de ideas, a la Unidad de Verificación, de acuerdo al Anexo 31 realizará la evaluación del Control Volumétrico de la empresa y de su Sistema de Gestión de la Medición, reportando en el informe, entre otros puntos: (31.2.I.c.5.iii) que el personal involucrado en el proceso de medición y la administración de los sistemas de medición está facultado para desempeñar las tareas asignadas; dicho personal deberá contar con conocimientos en metrologÃa de flujo, en sistemas de gestión y en el uso de herramientas estadÃsticas.
En el siguiente vÃdeo exploraremos la normativa para formular el cuadro de cursos que deberÃa contener la competencia solicitada por la MF.